¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es un programa del Gobierno de España financiado con fondos europeos (Next Generation EU) que ofrece bonos de hasta 2.000€ para que autónomos y pequeñas empresas contraten servicios de digitalización.
Los bonos no son dinero en efectivo: son créditos que puedes gastar con empresas tecnológicas homologadas (llamadas "Agentes Digitalizadores") para mejorar tu presencia digital.
¿Cuánto dinero da el Kit Digital en 2026?
- Autónomos sin empleados (Segmento III): hasta 2.000€
- 1-2 empleados (Segmento II): hasta 2.000€
- 3-9 empleados (Segmento I): hasta 6.000€
- 10-49 empleados: hasta 12.000€
¿En qué puedes gastar el bono?
Los servicios digitales elegibles incluyen:
- Creación o mejora de tu página web
- Comercio electrónico (tienda online)
- Gestión de redes sociales
- Ciberseguridad
- Factura electrónica
- Gestión de clientes (CRM)
- Presencia en internet y SEO básico
- Comunicaciones seguras y videoconferencia
Requisitos para solicitar el Kit Digital
- Ser autónomo, micropyme o pequeña empresa (hasta 49 empleados)
- Llevar al menos 6 meses de actividad
- No estar en situación de concurso de acreedores
- Estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social
- No haber recibido más de 200.000€ en ayudas "de mínimis" en los últimos 3 años
Cómo solicitar el Kit Digital paso a paso
- Regístrate en acelerapyme.gob.es con tu Cl@ve o certificado digital.
- Completa el test de autodiagnóstico digital (unas 13 preguntas sobre el estado digital de tu negocio). Es obligatorio para poder solicitar el bono.
- Solicita el bono digital en la plataforma. Si cumples requisitos, recibirás la aprobación automáticamente.
- Elige un Agente Digitalizador homologado de la lista oficial en acelerapyme.gob.es y firma con él el acuerdo de prestación del servicio.
- El Agente Digitalizador cobra directamente del Gobierno: tú no pones dinero.
¿Sigue abierto el Kit Digital en 2026?
Consulta el estado actual en acelerapyme.gob.es, ya que el programa puede tener convocatorias abiertas o cerradas según el segmento de beneficiarios. Si la convocatoria actual está cerrada, puedes apuntarte a la lista de espera para la siguiente.
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Renta Activa de Inserción (RAI)
Ayuda de 480€/mes durante 11 meses para desempleados de larga duración mayores de 45 años que han agotado todas las prestaciones por desempleo y no tienen ingresos. Incluye cotización a la Seguridad Social durante el cobro, lo que suma tiempo para la futura pensión.
Subsidio por Desempleo para Mayores de 52 Años
Subsidio mensual para personas mayores de 52 años que han agotado la prestación contributiva.
Prestación Contributiva por Desempleo (el Paro)
Si has cotizado suficiente tiempo y te quedas en paro, cobras entre el 60% y el 70% de tu base reguladora durante un tiempo proporcional a lo cotizado (mínimo 4 meses, máximo 2 años). Es la prestación básica por desempleo para trabajadores por cuenta ajena. Solicítala en los 15 días hábiles siguientes a dejar de trabajar.
Subsidio por Desempleo
Para personas que han agotado el paro o que no tienen derecho a la prestación contributiva. Cubre situaciones como responsabilidades familiares, mayores de 45 años o haber agotado la prestación. Importe: 80% del IPREM mensual.
Fuentes consultadas y verificación
Este artículo ha sido redactado y verificado por el equipo editorial de MisAyudas contrastando la información con fuentes oficiales del gobierno español.
- Seguridad Social — RETA (seg-social.es)
- Agencia Tributaria (aeat.es)
- Boletín Oficial del Estado (boe.es)