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Familia 9 de junio de 2026 MisAyudas

Baja por maternidad y paternidad 2026: cuánto se cobra y cómo pedirla

16 semanas de baja retribuidas al 100% para madres y padres. Te explicamos la cuantía exacta, los plazos y cómo tramitarla en la Seguridad Social sin errores.

¿Cuántas semanas de baja corresponden?

En España, tanto la madre como el padre (o segundo progenitor) tienen derecho a 16 semanas de permiso retribuidas al 100% de su salario base:

  • Madre: 16 semanas. Las 6 primeras inmediatamente después del parto son obligatorias. Las 10 restantes se pueden disfrutar hasta que el bebé cumple 12 meses.
  • Padre/otro progenitor: 16 semanas en igualdad. Las 6 primeras también son obligatorias e inmediatas al parto.
  • En partos múltiples, prematuros o con discapacidad, el permiso se amplía 2 semanas por cada hijo adicional.

¿Cuánto dinero se cobra durante la baja?

La prestación equivale al 100% de tu base reguladora, que es el promedio de las cotizaciones de los últimos 6 meses. En la práctica, cobras aproximadamente lo mismo que tu sueldo neto habitual, sin aplicarse retención de IRPF en muchos casos.

No hay límite mínimo ni máximo fijo: cobras según tu salario real.

Requisitos para tener derecho a la baja

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento del parto
  • Tener cotizados al menos 180 días en los últimos 7 años (o 360 días en toda la vida laboral)
  • Si eres menor de 21 años: sin periodo mínimo de cotización
  • Si tienes entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años

Cómo solicitar la baja por maternidad o paternidad

  1. Comunícalo a tu empresa lo antes posible. Ellos gestionan el parte de baja inicial.
  2. Solicita la prestación en la Seguridad Social (seg-social.es → Prestaciones → Nacimiento y cuidado de menor). Puedes hacerlo online con Cl@ve o en cualquier CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social).
  3. Documentación necesaria: DNI de ambos progenitores, libro de familia o certificado literal de nacimiento (del Registro Civil), libro de familia con inscripción del bebé, IBAN bancario, datos de la empresa (CIF, código de cuenta de cotización).
  4. La prestación la paga directamente la Seguridad Social (no la empresa), aunque la empresa tramita parte de la gestión.

¿Puedo distribuir el permiso como quiera?

Las semanas posteriores a las 6 obligatorias se pueden disfrutar de forma flexible: continuas, a tiempo parcial (reducción de jornada), o en períodos separados. Debes acordarlo con tu empresa con al menos 15 días de antelación.

Última verificación: 9 de junio de 2026·Fuente: BOE oficial
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